La CNMC ha impuesto una sanción de 5,5 millones de euros por una infracción "grave" del artículo 3 de la Ley de Defensa de la Competencia, consistente en el "falseamiento de la libre competencia por actos desleales", al utilizar su comercializadora regulada de gas y electricidad para captar consumidores por su comercializadora en el mercado libre, más rentable para la empresa, entre los años 2012 y 2014.


El motivo de esta circular es para presentaros el documento consensuado entre FEGiCAT con la ayuda de la Comisión de Electricidad, Endesa Energia y Endesa Distribución de cara a unificar y esclarecer la documentación necesaria para cada trámite que se realiza con los Puntos de Servicio.


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